SENADORES DC E INDEPENDIENTES PRESENTAN REFORMA CONSTITUCIONAL QUE REGULA REAJUSTABILIDAD DE REMUNERACIONES DE ALTAS AUTORIDADES, QUE NO PODRÁ SUPERAR EL REAJUSTE DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO: “LA INICIATIVA ENFRENTA UN ERROR POLÍTICO”

Provoste (Autora): “Desde la bancada de la DC ya desde hace bastantes años, hemos venido planteando este tema como una materia crucial para enfrentar la desigualdad. El reajuste del sector público recientemente aprobado fue de 4,3%, sin embargo, el reajuste de las altas autoridades fue de un 4,8%. Situación que motivó la presentación de la reforma constitucional.  De esta manera, el reajuste del Presidente de la República, los ministros de Estado, subsecretarios, directores de empresas públicas, senadores y diputados nunca podrá ser superior al reajuste del sector público.  Porque el reajuste del sector público tiene que servir de faro para iluminar e ir disminuyendo las brechas salariales en la administración del Estado y en el mundo privado”.

Campillai: “Es importante este proyecto, porque queremos más equidad para el sector público”.

Flores: “Es un tremendo error político el haber reajustado a todos los funcionarios y funcionarias de Chile en un 4,3% y las altas autoridades en un 4,8%. Que absurdo y que error político se cometió y que hoy junto con la senadora Campillai y Provoste estamos intentando corregir”.

Con el objeto de evitar la desigualdad entre trabajadores de la administración del Estado y las altas autoridades, la jefa de bancada de los senadores DC, Yasna Provoste junto Iván Flores y los independientes Karim Bianchi y Fabiola Campillai ingresaron a tramitación la reforma constitucional sobre reajustabilidad de las remuneraciones de las altas autoridades, cuya fijación corresponde a la comisión creada por el artículo 38 bis de la Constitución.

“Este proyecto se refiere exclusivamente a la reajustabilidad anual de las remuneraciones de las autoridades que indica el artículo 38 bis de la Constitución. No se refiere a la fijación de las remuneraciones de las autoridades que esa misma disposición señala (ministros, parlamentarios, Presidente y otros cargos de jefatura), las que deben ser fijadas 18 meses antes que termine el respectivo período presidencial para que rijan a partir del siguiente período. Así, por ejemplo, aquella Comisión debe fijar las remuneraciones para las nuevas autoridades que asuman el 11 de marzo de 2026, a más tardar el 11 de septiembre de 2024.”, precisó la legisladora.

En esa línea, Provoste aclaró que lo que se pretende evitar con esta reforma constitucional es que la reajustabilidad anual de las remuneraciones de las referidas autoridades no sea superior a reajustabilidad anual de todos los trabajadores de la Administración Pública.

“Tal situación se produjo en el reajuste de remuneraciones a partir del 1° de diciembre de 2023, en que, por una parte, la Comisión encargada por la constitución de fijar las remuneraciones de las autoridades estableció por resolución publicada el 22 de diciembre pasado que la reajustabilidad sería de 4,8 %; y, por otra parte, la ley de reajuste de las remuneraciones de los trabajadores de la administración pública determinó que la reajustablidad sería un 4,3%.”, detalló la senadora.

Además, la representante de Atacama indicó que evidentemente, esta situación desigual genera desconfianza la que, sin duda, puede ser un obstáculo difícil de salvar cuando se pretenda por el Gobierno de turno lograr futuros acuerdos de reajuste anual de sueldos con las organizaciones de trabajadores del Sector Público.

Por su parte, el vicepresidente de la ANEF, Hellmuth Groitt, sostuvo que están apoyando la iniciativa, porque cuando el tema salió a la luz, muchos pensaron que era una falta de sentido común y nosotros no creemos eso, creemos firmemente que esto es soberbia y es una indolencia producto de un sentido de impunidad. Y la reforma constitucional es un acto de reivindicación.

Finalmente, el dirigente Flavio Garrido puntualizó que es un proyecto que hace justicia en parte, respecto de funcionarios de primera y segunda categoría que existen en Chile.